Cerrar
Inicio / Blog / SUBE EL LÍMITE PARA APLAZAR TRIBUTOS CEDIDOS

SUBE EL LÍMITE PARA APLAZAR TRIBUTOS CEDIDOS

31 de marzo de 2016

En el mes de octubre del año pasado nos hicimos eco de la subida del límite por debajo del cual Hacienda no exigía la obligación de aportar garantías (normalmente aval bancario o hipoteca inmobiliaria) en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias, pasando de 18.000 a 30.000 euros. No obstante, este medida solo era de aplicación para los órganos u organismos de la Hacienda Pública Estatal, quedando pendiente su aprobación para las Comunidades Autónomas.

Pues bien, el nuevo límite de 30.000 euros ya se aplica a las deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponde a las Comunidades Autónomas, como por ejemplo el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Esta modificación entró en vigor el 18 de marzo de 2016, con arreglo a la Orden HAP/347/2016 del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, publicada en el Boletín Oficial del Estado el día 17 de marzo.

Según explica el Ministerio de Hacienda, con esta medida se trata de agilizar el procedimiento de gestión de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de deuda, otorgar facilidades a los contribuyentes ante dificultades financieras de carácter transitorio y actualizar dicho límite, que había quedado obsoleto. No obstante es conveniente tener en cuenta lo siguiente:

– Los 30.000 euros hacen referencia al importe conjunto de las deudas mantenidas con la Comunidad Autónoma, es decir, no es aplicable individualmente a cada una de las solicitudes de aplazamiento, de tal modo que las deudas preexistentes habrán de acumularse para la aplicación de dicho límite.

– A los importes aplazados se le aplicará el tipo de interés de demora (3,75% para 2016).

– No es lo mismo aplazar o fraccionar el pago que suspender el ingreso de una deuda tributaria, por ejemplo porque se quiere recurrir una liquidación practicada por la administración con la que no se está de acuerdo. En este segundo caso no opera este límite, por lo que será necesario aportar garantía para suspender el ingreso.

Jorge Borrajo, Miembro de la Comisión Fiscal de IBERAUDIT Kreston

 

Foto de Geralt

ARTÍCULOS RELACIONADOS

EL COMPLEMENTO DE MATERNIDAD POR APORTACION DEMOGRÁFICA

A lo largo de los últimos años, y aun a día de hoy, muchos solicitantes del complemento  de maternidad por aportación demográfica han recibido una notificación proveniente de  su correspondiente oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social informándoles  sobre la imposibilidad de reconocerles su [...]
Ver más

FISCALIDAD AL DÍA MARZO 2024: Resoluciones de Interés Tributario.

Remisión al procedimiento especial de revisión de actos nulos de pleno derecho, por liquidaciones firmes de la plusvalía municipal cuando no se obtuvo incremento del valor del terreno. A tenor de la sentencia del Tribunal Constitucional 59/2017 de 11 de mayo, el TS revisa su [...]
Ver más

LA CARTA DE DESPIDO DISCIPLINARIO COMO INSTRUMENTO FINALIZADOR DE LA RELACIÓN LABORAL

La carta de despido disciplinario es el documento legal a través del cual el empleador comunica al empleado el cese de la relación jurídico-laboral entre las partes, cesando las obligaciones mutuas dimanantes del contrato de trabajo.   Se trata de un documento de carácter obligatorio, cuyo contenido determinará [...]
Ver más

Newsletter

Newsletter

Contacta con nosotros, te responderemos lo antes posible.

Al enviar el presente formulario, usted acepta la política de privacidad de Kreston Iberaudit, que se presenta a continuación. 

Finalidades: Envío de nuestro boletín comercial y de comunicaciones informativas y publicitarias sobre nuestros productos o servicios que sean de su interés, incluso por medios electrónicos. 
Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en oficina.coordinadora@kreston.es .
Información Adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Política de Privacidad.
Consentimiento(Obligatorio)
Boletin(Obligatorio)
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.