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9. Compensación de BINS

9. Compensación de BINS

La disposición adicional decimonovena de la Ley IS establece una medida temporal con efectos para los periodos impositivos iniciados en 2023, relativa a las bases imponibles de las entidades en régimen de consolidación fiscal, en virtud de la cual, en la base imponible del grupo se incluirán las bases positivas y el 50% de las bases negativas individuales correspondientes a todas y cada una de las entidades del grupo. Las bases imponibles no incluidas se integrarán en la base imponible del grupo en cada uno de los diez primeros periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2024. Para recoger esta información adicional, se hace necesario modificar el modelo 222 y su Anexo V. Puede obtener información adicional sobre la introducción de esta limitación en nuestra publicación de 10 de marzo de 2023.

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El Tribunal Constitucional, TC, mediante su sentencia 11/2024, de 18 de enero declaró inconstitucionales y nulos algunos de los preceptos del Real Decreto-ley 3/2016 de 2 de diciembre, por el que se adoptaron medidas relevantes en el IS. Ahora mediante la Ley 7/2024 se vuelven a introducir en el IS las medidas declaradas inconstitucionales.

La reintroducción de las medidas se hace con efectos para los ejercicios que se inicien a partir de 1 de enero de 2024 y que no hayan concluido el 22 de diciembre de 2024, fecha en la que entra en vigor la Ley 7/2024. 

Se reestablecen los límites para la compensación de bases imponibles negativas por grandes empresas:

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