Los contribuyentes en el IPRF que en 2024 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:
d) Por cuidado de familiares con discapacidad
e) Por cuidado de hijos menores de hasta 14 años inclusive
g) Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes y para víctimas del terrorismo
h) Por arrendamiento de vivienda habitual
i) Para arrendadores de viviendas vacías
j) Por inversiones en la rehabilitación de viviendas en zonas rurales para ser destinadas a su alquiler
k) Por la compra de material escolar
m) Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales
o) Por intereses de financiación ajena para la inversión en vivienda habitual para jóvenes