Cerrar
Inicio / Blog / Tercer tramo de la línea de avales para empresas y autónomos

Tercer tramo de la línea de avales para empresas y autónomos

12 de mayo de 2020

Mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de mayo de 2020 (publicado en el BOE de 9 de mayo) se pone en marcha el tercer tramo de las líneas de avales aprobada por el Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, por un importe de 20.000 millones de euros, cuya gestión recaerá en el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Cabe recordar que el artículo 29 de esta norma prevé una línea de avales por importe máximo de 100.000 millones de euros que aportará el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para la cobertura de la financiación de empresas y autónomos.

Hasta al momento, se han puesto a disposición de empresas y autónomos 40.000 millones de euros en avales liberados por aprobación de sendos Acuerdos de Consejo de Ministros de 24 de marzo y 10 de abril de 2020. Por medio del presente acuerdo se liberan 10.000 millones de euros para pymes y autónomos y otros 10.000 millones para empresas que no tengan la consideración de pyme, destinados a la renovación y concesión de nuevos préstamos, cuyo plazo de solicitud podrá hacerse hasta el 30 de septiembre de 2020.

Todas las condiciones y términos previstos en los acuerdos del Consejo de Ministros de 24 de marzo y 10 de abril, se entenderán aplicables también a este tercer tramo (consulte condiciones 1er tramo y 2º tramo), no obstante se incide en que la financiación obtenida deberá emplearse para atender las necesidades de liquidez derivadas, entre otros, de la gestión de facturas, pago de nóminas y a proveedores, necesidad de circulante y vencimientos de obligaciones financieras o tributarias. Por tanto, a modo de ejemplo, la financiación avalada por el Estado no puede ir en ningún caso destinada al pago de dividendos ni de dividendos a cuenta. Además, se les obliga a las entidades financieras a no cargar ningún coste financiero o gasto sobre los importes no dispuestos por el cliente.

Para cualquier duda o aclaración adicional que precise contacte con nosotros.

Jorge Borrajo Dios
Socio de Kreston Iberaudit
Auditor de Cuentas – Abogado

ARTÍCULOS RELACIONADOS

PLAN ANUAL DE CONTROL TRIBUTARIO Y ADUANERO 2025

Como cada año, la Agencia Tributaria ha publicado su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2025, en el que se establecen las prioridades y líneas de actuación que marcarán su actividad inspectora durante los próximos meses. Uno de los aspectos relevantes de este [...]
Ver más

FISCALIDAD AL DÍA ABRIL 2025: RESOLUCIONES DE INTERÉS TRIBUTARIO

IRPF.  Tributación del seguro de vida contratado hace años como forma de ahorro. La percepción de un capital por el consultante, contratante del seguro, determinará la obtención de una renta que deberá tributar como rendimiento del capital mobiliario. Dicho rendimiento se calculará por la diferencia [...]
Ver más

CAMBIOS EN EL DESPIDO DISCIPLINARIO EN ESPAÑA

Resumen: La Sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo nº 1250/24 de 18 de Noviembre de 2024 (número de recurso 4735/2023) ha introducido la obligación del trámite de audiencia previa como requisito imprescindible a la hora de formalizar el despido [...]
Ver más

Newsletter

Newsletter

Suscríbete a nuestra newsletter mensual y recibe un resumen de las noticias más relevantes del sector, seleccionadas y analizadas por los expertos de Kreston Iberaudit

Al enviar el presente formulario, usted acepta la política de privacidad de Kreston Iberaudit, que se presenta a continuación. 

Finalidades: Envío de nuestro boletín comercial y de comunicaciones informativas y publicitarias sobre nuestros productos o servicios que sean de su interés, incluso por medios electrónicos. 
Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en oficina.coordinadora@kreston.es .
Información Adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Política de Privacidad.
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.