Cerrar
Inicio / Blog / AHORROS FISCALES EN BIZKAIA: Novedades TicketBai y Batuz

AHORROS FISCALES EN BIZKAIA: Novedades TicketBai y Batuz

10 de septiembre de 2021

Se han publicado novedades sobre la nueva exigencia que las diputaciones forales están estableciendo para todas los autónomos, personas jurídicas y entidades que realicen actividades económicas, el denominado Batuz – Ticket BAI.

Para los contribuyentes del territorio histórico de Bizkaia, el sistema Batuz – TicketBai estaba previsto que entrarse en vigor a partir del 1 de enero de 2021, sin embargo, por los efectos del COVID-19, se retrasó su implantación hasta el 1 de enero de 2022. Pero a la vista de la situación actual, la hacienda foral de Bizkaia ha retrasado su implantación obligatoria hasta el 1 de enero de 2024.

Aun así, para aquellas personas que voluntariamente quieran implantarlo con anterioridad a esa fecha, se han establecido los siguientes beneficios fiscales:

Las personas que implanten el BATUZ desde el 1 de enero de 2022 dispondrán de una reducción del 15% de su base imponible en IRPF o Impuesto Sociedades en los ejercicios 2022 y 2023.
Si la implantación es desde el 1 de abril de 2022, la reducción será del 13% en 2022 y 2023.
Si la implantación es desde el 1 de julio de 2022, la reducción será del 11% en 2022 y 2023.
Si la implantación es desde el 1 de octubre de 2022, la reducción será del 9% en 2022 y 2023.
Si la implantación es desde el 1 de enero de 2023, la reducción será del 5% en 2023.
Si la implantación es desde el 1 de abril de 2023, la reducción será del 4% en 2023.
Si la implantación es desde el 1 de julio de 2023, la reducción será del 3% en 2023.
Si la implantación es desde el 1 de octubre de 2023, la reducción será del 2% en 2023.
La implantación a partir del 1 de enero de 2024 es obligatoria y no lleva ninguna reducción.

Para el territorio histórico de Araba, la fecha de implantación se mantiene únicamente para el TicketBai, siendo de manera progresiva desde el 1 de octubre del 2021 y obligatorio desde el 1 de enero de 2022.

Para el territorio histórico de Gipuzkoa, será obligatorio para el colectivo de gestores desde el 1 de enero del 2020 y obligatorio para todos los contribuyentes a partir del 1 de enero del 2023.

Por ello, es un buen momento para acomodar todas estas nuevas exigencias a las características individuales de cada empresa o negocio, de esta manera tendremos estas ventajas fiscales y tiempo suficiente para que no ocurran sorpresas cuando la normativa de Ticket BAI entre en vigor de manera obligatoria para todos los contribuyentes.

Desde Kreston Iberaudit estamos a su disposición para poderle ayudar en esta tarea de adecuación de los sistemas a la normativa fiscal.

Juan Gomeza

Socio área auditoría y fiscal
Kreston Iberaudit

ARTÍCULOS RELACIONADOS

El nuevo Sistema Español de Factura Electrónica y su implementación progresiva

¿Qué es la nueva factura electrónica estructurada? Una factura electrónica estructurada es una factura que se genera y se transmite en un formato estándar de lenguaje y con una misma estructura y sintaxis de programación, que permite su tratamiento automatizado por los sistemas informáticos de [...]
Ver más

FISCALIDAD AL DÍA AGOSTO-SEPTIEMBRE 2023: Resoluciones de Interés Tributario

IRPF. Teoría del vínculo. Indemnización por despido de altos directivos El TS concluye que la reducción por rendimientos irregulares contenida en el art. 18.2 LIRPF, resulta de aplicación a las retribuciones percibidas por altos directivos que también son consejeros con ocasión de su despido, cunado [...]
Ver más

EL PAPEL DEL AUDITOR CON RESPECTO A LA SOSTENIBILIDAD

La sostenibilidad es un tema cada vez más importante para las organizaciones y está estrechamente relacionadas con nuestra profesión, la auditoría. Aprovechando de que este mes celebramos el día del auditor, queremos darle visibilidad al gran aporte que los auditores podemos brindar para lograr un [...]
Ver más

Newsletter

¡No te pierdas las novedades del sector!

Newsletter

Al enviar el presente formulario, usted acepta la política de privacidad de Kreston Iberaudit, que se presenta a continuación. 

Finalidades: Envío de nuestro boletín comercial y de comunicaciones informativas y publicitarias sobre nuestros productos o servicios que sean de su interés, incluso por medios electrónicos. 
Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en oficina.coordinadora@kreston.es .
Información Adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Política de Privacidad.
Consentimiento(Obligatorio)
Boletin(Obligatorio)
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.