Cerrar
Inicio / Blog / SUCESION HEREDITARIA O VENTA DE LA EMPRESA FAMILIAR

SUCESION HEREDITARIA O VENTA DE LA EMPRESA FAMILIAR

14 de octubre de 2021

La empresa familiar

Se puede definir la sociedad familiar como aquella empresa en la que una o varias familias poseen la propiedad de una sociedad o grupo de sociedades en porcentaje bastante que les permite tener el control sobre la misma, interviniendo asimismo directamente en la gestión, con vocación de transmitirla a las generaciones siguientes, ya que se caracterizan por tener como objetivo principal la continuidad del negocio.

Protocolos familiares

En el ámbito de las empresas familiares, teniendo en cuenta que tienen como objetivo la continuidad del negocio, pueden surgir problemas cuando tiene lugar un cambio generacional, por lo que la clave para la continuidad de las empresas familiares es la planificación de la sucesión. El mejor instrumento para llevar a cabo dicha planificación, son los protocolos familiares, a través de los cuales se fijan las pautas de comportamiento a seguir llegada esa situación.

¿Qué son los protocolos familiares?

Los protocolos familiares aparecen definidos en el RD 171/2007 como un conjunto de pactos suscritos por los socios entre sí o con terceros con los que guardan vínculos familiares que afectan una sociedad no cotizada, en la que tengan un interés común en orden a lograr un modelo de comunicación y consenso en la toma de decisiones para regular las relaciones entre familia, propiedad y empresa que afectan a la entidad.

Por tanto, inicialmente, éstos son otorgados y firmados por todos los socios-familiares, siendo conveniente que lo suscriban aquellos miembros de la familia que, aun no habiendo alcanzado la condición de socio, están potencialmente abocados a incorporarse a la sociedad como tales.

El papel de los protocolos familiares en la sucesión de empresa

Los protocolos familiares son importantes de cara a una sucesión de la empresa familiar, ya que, aunque la transmisión de las participaciones se puede resolver por vía testamentaria, estos pactos sirven para dejar planificadas algunas cuestiones importantes, como quien va a suceder en la condición de gestor, administrador, periodos de transición para adquirir/trabajar dentro de la empresa familiar, requisitos que debe cumplir el sucesor, etc. También, en aquellos casos en los que se quiere dejar la sociedad sólo a uno de los herederos para así evitar la división de la sociedad, situación que encuentra cobertura en el artículo 1056.2 del Código Civil, que permite pagar en metálico la legitima a los demás titulares, incluso con efectivo extrahereditario.

La eficacia de los protocolos familiares

Resulta conveniente para asegurar la eficacia de los protocolos familiares de cara a la transmisión generacional de una empresa, que se plasmen en los estatutos sociales por los que se rige la sociedad familiar, al objeto de que su inscripción en el Registro Mercantil y que se haya otorgado testamento con el mismo contenido.

La venta de la sociedad

Por otro lado, en caso de no querer o tener posibilidad de sucesión de la empresa a las siguientes generaciones, o en el caso de no tenerlas, es conveniente planificar con suficiente antelación otra opción como sería la venta la sociedad, ya sea a través de la transmisión de los activos o del negocio de la sociedad, o mediante la transmisión de las acciones o participaciones sociales.

Para ello, antes de poner en el mercado a la sociedad y sus activos es conveniente ordenar la casa y la documentación existente, para evitar ajustes o minoraciones de precio en las negociaciones con el potencial comprador.

Entre dichas actuaciones es recomendable hacer una due diligence interna para mitigar posibles contingencias que puedan influir en el precio de compraventa, así como establecer un rango de valoración de la empresa o sus activos encontrando motivos para defender una hipotética negociación por posible apreciación o depreciación del negocio, instalaciones, marca, etc.

Asimismo, dependiendo del sector de la empresa, hay que tener en cuenta posibles periodos de transición en la gestión y del negocio de la sociedad que pueda imponer el potencial comprador y que requiera al titular de la empresa permanecer durante algún tiempo en la misma de apoyo.

Una vez ordenada la casa hay que poner la empresa en el mercado y para ello se requiere un cuaderno de venta que pueda transmitir toda la información básica pero relevante para el potencial comprador, poniendo énfasis en aquellos valores, números, rasgos propios o la cultura de la empresa que le hacen especial en el mercado.

Para todo ello, es conveniente hacer un análisis y asesoramiento personalizado para completar con éxito la transacción de compraventa, teniendo en cuenta los aspectos de negocios pero sin olvidar las repercusiones legales (como los términos de la oferta, contrato de compraventa, manifestaciones y garantías del vendedor) y el impacto fiscal que pueda producirse ya sea en los socios vendedores o en la empresa dependiendo de la operación a formalizarse.

David Olivares
Socio de Kreston Iberaudit
Abogado

ARTÍCULOS RELACIONADOS

CLAVES PARA OPTIMIZAR LA DECLARACIÓN DE IRPF 2024

Una de las preocupaciones de muchos contribuyentes es cómo reducir la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se materializan en la presentación de conocida “Declaración de la Renta”. Aunque el plazo para presentar la declaración de la renta [...]
Ver más

PERMISOS POR NACIMIENTO EN FAMILIAS MONOPARENTALES

LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA DESIGUALDAD DE TRATO DADA A UN MENOR NACIDO EN UNA FAMILIA MONOPARENTAL FRENTE AL MENOR NACIDO EN UNA FAMILIA BIPARENTAL.   El Tribunal Constitucional ha dictado Sentencia de fecha 6 de noviembre de 2024, en la que ha estimado la cuestión [...]
Ver más

FISCALIDAD AL DÍA NOVIEMBRE 2024: RESOLUCIONES DE INTERÉS TRIBUTARIO

IRPF. Reducción por pensiones compensatorias a favor del cónyuge. Convenio regulador. La cuestión casacional consistía en esta ocasión en determinar cuál es el momento a partir del cual cabe aplicar la reducción en la base imponible del IRPF en concepto de pensión compensatoria a favor del cónyuge, [...]
Ver más

Newsletter

Newsletter

Suscríbete a nuestra newsletter mensual y recibe un resumen de las noticias más relevantes del sector, seleccionadas y analizadas por los expertos de Kreston Iberaudit

Al enviar el presente formulario, usted acepta la política de privacidad de Kreston Iberaudit, que se presenta a continuación. 

Finalidades: Envío de nuestro boletín comercial y de comunicaciones informativas y publicitarias sobre nuestros productos o servicios que sean de su interés, incluso por medios electrónicos. 
Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en oficina.coordinadora@kreston.es .
Información Adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Política de Privacidad.
Consentimiento(Obligatorio)
Boletin(Obligatorio)
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.