Ni la legislación tributaria ni la legislación penal se refieren al Fraude fiscal, sino a distintas modalidades que pueden subsumirse en él.
El fraude fiscal es una vulneración de una norma tributaria con la que se pretende eludir el pago de un impuesto u obtener una devolución indebida a través del engaño.
El Código Penal tipifica los Delitos Contra la Hacienda Pública en el artículo 305 y ss. cuando su cuantía excede de los 120.000 euros, y que regula subtipos agravados cuando supera los 600.000 euros, cuando se hayan utilizado personas o sociedades interpuestas (testaferros o sociedades pantalla) o se haya realizado en el seno de una organización criminal.
Por debajo de dichos umbrales, si bien no estará castigado con cárcel, puede conllevar sanciones administrativas de las reguladas en los artículos 183 y siguientes de la Ley General Tributaria.